PROMULGACION: 5 de junio de 2002
PUBLICACION: 11 de junio de 2002

Decreto Nº 201/002 - Ajuste fiscal. Se prorroga la entrada en vigencia del Decreto Nº 94/002.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 5 de junio de 2002

VISTO: la designación de responsables por el pago de obligaciones tributarias de terceros realizada en el Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002 y la definición de empresas administradoras de créditos realizada en el artículo 1º del Decreto Nº 200/002, de 31 de mayo de 2002.

CONSIDERANDO: I) conveniente postergar la entrada en vigencia del referido régimen de modo de permitir que las empresas administradoras de créditos realicen los ajustes pertinentes en sus sistemas.
II) necesario flexibilizar la mencionada definición.

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168º ordinal 4º de la Constitución de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 24 de junio de 2002 la entrada en vigencia del Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002.

ART. 2º.-
Agrégase al artículo 1º del Decreto Nº 200/002, de 31 de mayo de 2002, el siguiente inciso:

"Facúltase a la Dirección General Impositiva a designar responsables por deudas de terceros, distintos a los mencionados en el inciso precedente, a las Entidades Financieras pagadoras de los créditos que originan las retenciones, cuando así lo soliciten éstas, en forma conjunta con la Entidad que de la orden de pago y que aquéllas estén en condiciones de aportar la información necesaria a efectos de los controles que correspondan."

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
BATLLE - ALBERTO BENSION.