PROMULGACION: 26 de noviembre de 2004
PUBLICACION: 3 de diciembre de 2004

Decreto Nº 419/004 - Responsabilidad por obligaciones tributarias de terceros para empresas que, mediante tarjetas de crédito, de débito o de compra, órdenes de compra u otras modalidades similares, administren créditos interviniendo en las ventas de bienes y prestaciones de servicios, realizadas por terceros. Se adecua monto de la obligación tributaria.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 26 de noviembre de 2004

VISTO: lo dispuesto por el Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002.

RESULTANDO: que la citada norma designa responsables por obligaciones tributarias de terceros a las empresas que, mediante tarjetas de crédito, de débito o de compra, órdenes de compra u otras modalidades similares, administren créditos interviniendo en las ventas de bienes y prestaciones de servicios, realizadas por terceros.

CONSIDERANDO: conveniente adecuar el monto de la mencionada obligación tributaria.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Sustitúyese el Inciso 3° del artículo 1° del Decreto N° 94/002, de 19 de marzo de 2002, por el siguiente:

"El monto de la retención se determinará aplicando sobre el total de la operación original con impuestos incluidos, la alícuota del 2% (dos por ciento). Para las Estaciones de Servicios y los Tax Free Shops del Capítulo 32 del Título 3 del Texto Ordenado 1996, la tasa será del 1% (uno por ciento)".

ART. 2º.-
Lo dispuesto en el presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2004.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
BATLLE - ISAAC ALFIE.