PROMULGACION: 3 de julio de 2006
PUBLICACION: 7 de julio de 2006

Decreto Nº 210/006 - Ley de Presupuesto Nacional. Se realizan correcciones de los errores y omisiones detectadas.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 3 de julio de 2006

VISTO: la gestión iniciada por la Presidencia de la República solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en relación al inciso segundo del artículo 73 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005;

RESULTANDO: I) que dicha disposición faculta al Poder Ejecutivo a contratar hasta veintiún funcionarios con cargo al crédito asignado al Programa de Apoyo al Sector Productivo previsto en el planillado anexo a la Ley N° 17.930, a fin de atender su administración y supervisión;
II) que el personal permanente asignado está constituido por cinco contratos de función pública y veintiún contratos bajo otra modalidad y en el proceso de formulación presupuestal la redacción del artículo se fue modificando confundiendo ambas situaciones;

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones;

ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la aprobación ficta de la Asamblea General y a lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Declárase que el inciso segundo del artículo 73 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005, debe referirse a quienes eran titulares de contratos para tareas permanentes en los Proyectos 720 "Cuenca Arrocera", 721 "Cuenca Lechera" y 780 "Cuenca Lechera II".

ART. 2º.-
Dése cuenta a la Asamblea General.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.