PROMULGACION: 1º de noviembre de 2007 PUBLICACION: 12 de noviembre de 2007
Decreto Nº 410/007 - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Inspección General de Trabajo. Se dispone el pago de determinada partida presupuestal, por concepto de dedicación exclusiva, a ciertos Inspectores de Trabajo
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 1º de noviembre de 2007
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 240 y siguientes de la Ley 18.172 y Art. 324 de la Ley 17.930.
RESULTANDO: I) Que según se desprende de la referida disposición y en virtud del régimen de dedicación exclusiva implementado en la Inspección General de Trabajo se dispuso de una partida de $ 42.915.000 (cuarenta y dos millones novecientos quince mil pesos uruguayos) anuales para el ejercicio 2007 y de una partida de $ 57.217.000 (cincuenta y siete millones doscientos diecisiete mil pesos uruguayos) anuales a partir del ejercicio 2008, incrementándose a tales efectos el crédito presupuestal correspondiente al Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social".
CONSIDERANDO: I) Que en el marco de la dedicación exclusiva que ya rige en esta Inspección General a los inspectores de trabajo que han hecho uso de la opción prevista en los Art. 240 al 243 de la Ley 18.172 les corresponde el pago de la remuneración retroactiva, a la fecha de la aceptación de la opción por parte de la Unidad Ejecutora.
ATENTO: A lo anteriormente expuesto y dispuesto por las Leyes 18.172 y 17.930.
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