PROMULGACION: 20 de abril de 2009
PUBLICACION: 28 de abril de 2009

Decreto Nº 176/009 - Se autoriza a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a constituir conjuntamente con la Intendencia Municipal de Canelones una Sociedad Anónima que tendrá por objeto realizar obras de infraestructura vinculadas o que se consideren necesarias para la construcción y mantenimiento de obras de saneamiento, así como obras de infraestructura para el abastecimiento de agua potable, dentro del ámbito geográfico de la Ciudad de la Costa

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 20 de abril de 2009

VISTO: el Convenio otorgado entre la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia Municipal de Canelones, de fecha 8 de julio de 2008;

RESULTANDO: I) que por el referido Convenio ambos Organismos asumieron el compromiso de aunar esfuerzos técnicos, económico financieros y de recursos humanos para realizar las obras correspondientes al saneamiento, pluviales y vialidad, dentro del ámbito geográfico de Ciudad de la Costa;
II) que por el mismo, la Administración de las Obras Sanitarias del Estado y la Intendencia Municipal de Canelones asumieron la dirección y ejecución de las obras de saneamiento, obras de vialidad, respectivamente; asumiendo en forma conjunta las obras de aguas pluviales;
III) que en el marco del Convenio de referencia, se han culminado los trámites correspondientes a la Precalificación de Empresas Constructoras para las Obras de Saneamiento, Drenaje Pluvial y Vialidad de Ciudad de la Costa - Etapa 1 - Zona A, según lo dispuesto en la Resolución de Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado No. 809/08 de fecha 29 de mayo de 2008;
IV) que por Resolución de Directorio de dicha Administración No. 1407/08 de fecha 11 de noviembre de 2008, se aprobó el llamado a Licitación Pública de Empresas Constructoras Precalificadas para la construcción de la Obra 1 - Planta de Tratamiento y Pozo de Bombeo para la ciudad de la costa, Etapa 1 -Zona A del departamento de Canelones;
V) que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, entiende conveniente asociarse con la Intendencia Municipal de Canelones, constituyendo una sociedad anónima con el objeto de llevar adelante las obras mencionadas ut supra;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido anteriormente, por Resolución de Directorio No. 1450/08 de fecha 17 de setiembre de 2008, se solicitó al Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, la autorización dispuesta en el artículo 343 de la Ley 18.172;
II) que la citada norma autoriza a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a constituir con los Gobiernos Departamentales, sociedades comerciales a los efectos de realizar obras de infraestructura vinculadas o que se consideren necesarias para la construcción y mantenimiento de obras de saneamiento, así como obras de infraestructura para el abastecimiento de agua potable;
III) que se entiende conveniente autorizar a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a constituir con la Intendencia Municipal de Canelones una sociedad anónima con el objeto de realizar las obras correspondientes al saneamiento, pluviales y vialidad, dentro del ámbito geográfico de Ciudad de la Costa;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 343 de la Ley 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
CAPITULO I
Disposiciones generales

ART. 1º.-
Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado a constituir conjuntamente con la Intendencia Municipal de Canelones una Sociedad Anónima que tendrá por objeto realizar obras de infraestructura vinculadas o que se consideren necesarias para la construcción y mantenimiento de obras de saneamiento, así como obras de infraestructura para el abastecimiento de agua potable, dentro del ámbito geográfico de la Ciudad de la Costa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 343 de la Ley 18.172 de fecha 31 de agosto de 2007.

ART. 2º.-
Comuniquese, etc.
NIN NOVOA - CARLOS COLACCE - ANDRES MASOLLER.