PROMULGACION: 27 de abril de 2009
PUBLICACION: 5 de mayo de 2009

Decreto Nº 184/009 - Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social. Declaraciones Juradas. Excepción.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 27 de abril de 2009

VISTO: el artículo 106 la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006 y la Ley N° 18.314 de 4 de julio de 2008 que crea el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.

RESULTANDO: que la primera de las normas mencionadas exceptúa de lo dispuesto en el inciso G) del artículo 71 de la Ley N° 17.738, de 7 de enero de 2004, a la presentación de ciertas declaraciones juradas.

CONSIDERANDO: que corresponde adecuar la excepción antedicha al Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas

ART. 1º.-
Se considera que la presentación de declaraciones juradas del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social se encuentra comprendida en la excepción a que refiere el artículo 106 la Ley N° 18.083 de 27 de diciembre de 2006.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - ALVARO GARCIA.