PROMULGACION: 28 de setiembre de 2009
PUBLICACION: 8 de octubre de 2009

Decreto Nº 450/009 - Gobierno Electrónico en Red. Se aprueba el documento Principios y Líneas Estratégicas.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 28 de setiembre de 2009

VISTO: Lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley No. 18.046, de 24 de octubre de 2005, con la redacción dada por el artículo 118 de la Ley No. 18.172, de 31 de agosto de 2007, que establece como misión de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información del Conocimiento (AGESIC) promover que los ciudadanos, las empresas y el Gobierno realicen el mejor uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, así como planificar y coordinar proyectos en el área del Gobierno Electrónico.

RESULTANDO: I) Que razones de juridicidad y conveniencia imponen estatuir aquellos aspectos básicos y primarios de la reglamentación, que ordenen y favorezcan su puesta en práctica.
II) Que el artículo 55 de la Ley No. 18.046, de 24 de octubre de 2005, con la redacción dada por el artículo 118 de la Ley No. 18.172, de 31 de agosto de 2007, le confiere a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) las facultades legales de promover que los ciudadanos, las empresas y el Gobierno realicen el mejor uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, así como planificar y coordinar proyectos en el área del Gobierno Electrónico.
III) Que el artículo 74 de la Ley No. 18.362, de 6 de octubre de 2008 faculta a la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) a apercibir directamente a los organismos que no cumplan con las normas y estándares en tecnología de la información establecidas por la normativa vigente, en lo que refiera a seguridad de los activos de la información y políticas de acceso, interoperabilidad e integración de datos.
IV) Que de los antecedentes y compromisos internacionales asumidos por la República en la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, suscripta en la IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado en Pucón, Chile, 31 de mayo y 1° de junio de 2007, surgen los conceptos, valores y orientaciones para el desarrollo del Gobierno Electrónico.
V) Que la resolución del Consejo Directivo Honorario de la AGESIC No 059/09, de 5 de agosto de 2009 aprueba "Los Principios y Líneas Estratégicas para el Gobierno Electrónico en Red".

CONSIDERANDO: I) Que el impulso de una política pública de Gobierno Electrónico impone la necesidad de establecer los principios orientadores y los lineamientos estratégicos que enmarquen y permitan priorizar aquellos planes y acciones que tuvieren por objeto implementar dicha política.
II) Que el Gobierno Electrónico, desde su propia concepción, avanza en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación con la finalidad de construir una Administración Pública enfocada en el ciudadano y que interactúe frente a éste como una unidad, evitando la repetición de trámites e integrando los procesos administrativos entre los distintos organismos.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado en las disposiciones citadas y en el artículo 168 ordinal 4° de la Constitución.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Apruébase el documento "Principios y Líneas Estratégicas para el Gobierno en Red" que luce en el Anexo I, el cual consta de seis hojas y se considera parte integrante de este Decreto. (Reglamentación)

ART. 2º.-
Encomiéndase a la AGESIC los mecanismos de difusión y seguimiento, así como la evaluación y fiscalización del cumplimiento de los "Principios y Líneas Estratégicas para el Gobierno en Red".

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
NIN NOVOA - JORGE BRUNI - NELSON FERNANDEZ - ANDRES MASOLLER - GONZALO FERNANDEZ - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI.

Principios y Líneas Estratégicas
para el Gobierno Electrónico en Red

Introducción

La Sociedad de la Información y el Conocimiento ha colocado a las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) como su principal herramienta.
Estas tecnologías han sido usadas en el Estado en distintas formas o contextos, algunos más tradicionales, otros más modernos. Los modelos conocidos como Gobierno de Gestión Electrónica y Gobierno en Red hacen uso intensivo de las posibilidades que ofrecen las TIC, permitiendo abordar la transformación del Estado desde una visión innovadora.
Desde su propia concepción, el Gobierno Electrónico avanza en el uso de las tecnologías con la finalidad de construir una Administración Pública enfocada en el ciudadano, siempre accesible y más cercana.
El Gobierno en Red le agrega una dimensión más a la meta: que el Estado interactúe frente a ese ciudadano como una unidad, evitando la repetición de trámites, e integrando los procesos administrativos entre los distintos organismos.
En la Administración Pública han existido numerosos proyectos basados en el uso de las TIC destinados a resolver la problemática puntual de cada organismo, quedando librada la instrumentación de los mismos a la política tecnológica definida por esa institución, en caso de existir tal definición.
Si se analiza desde una óptica de optimización de recursos del Estado, resulta importante instrumentar una política integral y un enfoque sistémico del uso de las TIC en toda Administración Pública. Cuando lo que se propone es avanzar hacia un Gobierno en Red, este enfoque resulta prácticamente obligatorio, por ejemplo para poder instrumentar los niveles de integración tecnológica y de procesos que resulten requeridos.
Esta política integral se expresa en un conjunto de instrumentos destinados a establecer criterios de aplicación de las TIC, entre ellos: principios y líneas estratégicas, mejores prácticas y estándares de uso recomendados u obligatorios, dependiendo del contexto.
El presente documento avanza en los elementos iniciales: en establecer un marco de referencia en base a principios y líneas estratégicas donde se establecen criterios de aplicación de estas tecnologías. Este marco de referencia es requerido entre otros usos, para priorizar planes y proyectos, los que deberán ser establecidos en Planes Directores de Sistemas, instrumento básico de planificación estratégica de cada organización.
Los principios indican un marco de valores, contra el cual medir los resultados de la ejecución de los planes o proyectos. Las líneas estratégicas permiten establecer un marco operativo para su realización.

Definiciones

Gobierno Electrónico

Gobierno Electrónico es el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) en los órganos de la Administración Pública para mejorar la información y los servicios ofrecidos a los ciudadanos, orientar la eficacia y eficiencia de la gestión pública e incrementar sustantivamente la transparencia del sector público y la participación de los ciudadanos.
Ref: Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, junio 2007.

Gobierno en Red

Es el entramado de vínculos entre organizaciones, a través de los cuales se prestan servicios, se gestionan actividades y se persiguen objetivos compartidos. La red resultante de estos vínculos, trasciende las fronteras de las instituciones públicas y se entrelaza con la sociedad, creando las bases de una sociedad conectada.
La meta es que el ciudadano pueda ser tratado como una única persona, con el mismo nombre o con una misma dirección, y que pueda efectuar trámites o recibir servicios de parte del Estado, en forma transparente a la coordinación interinstitucional que los hace posible.

Principios

1. Principio de igualdad

El uso de medios electrónicos no implicará la existencia de restricciones o discriminaciones para las personas que se relacionen con la Administración Pública por otros medios, tanto en la prestación de servicios públicos, como en cualquier actuación o procedimiento administrativo, sin perjuicio de las medidas dirigidas a incentivar el uso de las tecnologías.

2. Principio de transparencia

Las actuaciones administrativas y la prestación de servicios públicos se darán a publicidad mediante el uso de medios electrónicos, de forma de facilitar y promover su conocimiento y la participación de las personas.

3. Principio de accesibilidad

La Administración Pública deberá garantizar la accesibilidad a la información y a los servicios por medios electrónicos de manera segura y comprensible, con especial énfasis en el cuidado del acceso universal y su adecuación a múltiples soportes, canales y entornos, con el objetivo de que todas las personas puedan ejercer sus derechos en igualdad de condiciones.

4. Principio de eficiencia y eficacia

El uso de medios electrónicos deberá contribuir a mejorar la calidad de los servicios e información a las personas, reducir de manera sustancial los tiempos y plazos de los procedimientos administrativos y optimizar los recursos de la Administración Pública.

5. Principio de cooperación e integralidad

Los organismos públicos deberán interrelacionarse a través de medios electrónicos, a fin de simplificar los procesos administrativos y fomentar la prestación conjunta de los servicios a las personas. Asimismo, se deberá potenciar y permitir una visión integral de los organismos del Estado, con el fin de evitar la superposición de actuaciones y promover el desarrollo de prácticas coordinadas e integradas.

6. Principio de confianza y seguridad

La Administración Pública deberá garantizar un nivel adecuado de integridad, disponibilidad y confiabilidad en la gestión de la información y los servicios que se realicen a través de medios electrónicos.

7. Principio de neutralidad tecnológica

La Administración Pública no deberá orientarse a un tipo de tecnología específica, ni deberá limitarse a una única forma de vinculación con las personas, quedando facultada para la libre elección de alternativas tecnológicas, siempre que ésta no represente un obstáculo para su relacionamiento.

Líneas Estratégicas

1. Foco en el Ciudadano: Se deberá priorizar a los proyectos que generen un beneficio directo al ciudadano. Se deberá propender a la creación de puntos de contacto únicos para acceder a los servicios.

2. Acceso Universal: Se deberá promover la generalización del uso de las TIC, a través de iniciativas que garanticen su acceso al conjunto de la población, en idénticas condiciones de acceso, costo y calidad, con independencia de su localización geográfica y condiciones físicas de movilidad. Se deberá propiciar que los proyectos contemplen criterios de: accesibilidad (eliminación de barreras para usuarios con capacidades reducidas o falta de formación), usabilidad (disponibilidad de características y formatos fácilmente reconocibles y utilizables), disponibilidad multicanal (servicios que son ofrecidos por más de un medio o canal).

3. Especialización y alineamiento Estratégico: Los planes y proyectos de Tecnologías de la Información de cada organismo deberán estar alineados con la estrategia de su dirección, de forma de contribuir al cumplimiento de sus funciones y objetivos. La creación de capacidades tecnológicas específicas deberá ser funcional a los cometidos institucionales del organismo.

4. Sustentabilidad y generación de capacidades: Se deberá asegurar que los programas y proyectos de Gobierno Electrónico contemplen los requerimientos para su implantación y sostenibilidad en el tiempo, en base a la provisión de las capacidades financieras, institucionales y de recursos humanos que resulten necesarias.
Se deberá asegurar que los funcionarios de la Administración Pública adquieran las competencias y habilidades necesarias para cumplir sus roles de forma efectiva, a través de programas de educación, entrenamiento y formación en Gobierno Electrónico y TIC.

5. Seguridad: Se deberá proveer una efectiva gestión de la seguridad para proteger los activos de información y minimizar el impacto en los servicios causados por vulnerabilidades o incidentes de seguridad.

6. Interoperabilidad: Se deberán aplicar medidas que faciliten el relacionamiento de los organismos del Estado entre sí y con los ciudadanos y empresas. Se promoverá la adecuación de procesos y la colaboración entre organismos para intercambiar información (interoperabilidad organizacional), el uso de mecanismos que aseguren que la información intercambiada sea comprensible por cualquier sistema o aplicación (interoperabilidad semántica) y la implementación de aspectos técnicos que permitan la interconexión e integración de datos de los diferentes sistemas y servicios (interoperabilidad técnica). Toda información que intercambien los organismos del Estado entre sí y con los ciudadanos y empresas, deberá considerar la utilización de estándares abiertos.

7. Optimización de recursos TIC: Se deberá optimizar la utilización de los recursos de TIC del Estado, mediante la promoción de una adecuada gestión de activos, la colaboración interinstitucional, la racionalización de compras y la implementación de soluciones tecnológicas escalables y sostenibles.

8. Apoyo a la industria nacional: Los planes y proyectos deberán estar alineados con las políticas nacionales de fomento a la industria nacional. Se promoverá la contratación externa de servicios impulsando la integración de proveedores nacionales, garantizando una buena gestión de los contratos, estableciendo y formalizando acuerdos que habiliten el desempeño de la organización como contraparte técnica y de gestión.

9. Innovación: La Administración Pública promoverá la innovación en el uso de las TIC, a través de nuevas ideas, métodos, técnicas y procesos que creen valor para la organización y las personas.