PROMULGACION: 7 de octubre de 2010
PUBLICACION: 18 de octubre de 2010

Decreto Nº 299/010 - Parque Científico y Tecnológico de Pando. Se declara promovida su actividad.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
  MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Montevideo, 7 de octubre de 2010

VISTO: la Ley N° 18.362, de 6 de octubre de 2008, que creó la persona jurídica de derecho público no estatal "Parque Científico y Tecnológico de Pando" y la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, sobre promoción de inversiones.

RESULTANDO: que el artículo 252 de la norma mencionada en primer término, establece que el Parque Científico y Tecnológico de Pando tendrá los beneficios y obligaciones establecidos en la Ley 16.906.

CONSIDERANDO: oportuno, establecer y regular los beneficios fiscales a otorgar en el marco de la citada ley de promoción de inversiones.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Declárase promovida, en el marco de la Ley N° 16.906 de 7 de enero de 1998, la actividad del Parque Científico y Tecnológico de Pando.

ART. 2º.-
Otórgase al sujeto mencionado en el artículo 1° del presente Decreto, de acuerdo con el inciso segundo del artículo 11 de la Ley 16.906, los siguientes beneficios:
a) exoneración total de tributos cuya aplicación corresponda en ocasión de la importación de maquinarias y equipos, así como los bienes de activo fijo destinados a incorporarse a la obra civil, no competitivos con la industria nacional.
b) crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la compra de materiales y servicios a aplicar en la construcción de obras civiles, maquinarias y equipos destinados al cumplimiento del proyecto de instalación inicial respectivo. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo sistema que rige para las exportaciones; Para obtener los beneficios que anteceden deberá cumplirse con lo establecido en los literales b), c), d) y e) del artículo 2° del Decreto N° 154/003, de 11 de abril de 2003.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, archívese.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - EDGARDO ORTUÑO - EDUARDO BRENTA.