MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Montevideo, 25 de enero de 2012
VISTO: el artículo 165 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 83 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y el artículo 84 de la Ley 18.834 citada.
RESULTANDO: que por dichos artículos se incrementan para el Ejercicio 2012 las remuneraciones para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes y para Aprendices, Cadetes y equivalentes.
CONSIDERANDO: I) que se suprimirán 1.415 cargos vacantes del Escalafón K "Personal Militar" por un monto de $ 212.338.673 de acuerdo a lo previsto por el artículo 165 de la Ley 18.719 en la redacción dada por el artículo 83 de la Ley 18.834.
II) que por el artículo 84 de la Ley 18.834 citada se reasignan $ 79.949.244 del Objeto del Gasto 051.001 "Horas docentes de funcionarios Escalafón No Docente" y el monto correspondiente a aguinaldo y cargas legales de las Unidades Ejecutoras 004 "Comando General del Ejército", 018 "Comando General de la Armada" y 023 "Comando General de la Fuerza Aérea".
III) que los montos que surgen de los Considerandos I) y II) permiten incrementar las retribuciones para el Ejercicio 2012: III.1) para las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor, Sargento 1ro. y equivalentes, del Escalafón K "Personal Militar" y Civiles Equiparados a los grados correspondientes a dicho Personal,
excluido el Personal de la Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" comprendido en el artículo 103 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, un 22% sobre las retribuciones permanentes sujetas a montepío, descontando los aumentos dispuestos por el artículo 163 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010, sin incluir los Objetos
del Gasto 041.003 "Permanencia en el grado Esc. Militar" y 044.001 "Prima por antigüedad", III.2) para el Aprendiz y Cadete Aspirante y equivalente un incremento del 50% sobre el sueldo nominal de un Soldado de 1ra. descontando lo que perciben actualmente por remuneración, para el Cadete 1er. año y equivalente un 70%, para el Cadete 2do. año y equivalente un
90% y para el Cadete 3er. año y equivalente un 100%, también descontando los que perciben actualmente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Incrementar a partir del 1ro. de enero de 2012 las retribuciones de las jerarquías de Personal Superior y Subalterno, en los grados de Sub Oficial Mayor y Sargento 1ro. y equivalentes, del Escalafón K "Personal Militar" y Civiles Equiparados a los grados correspondientes a dicho Personal, excluido el Personal de la Unidad Ejecutora 033 "Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas" comprendido en el artículo 103 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, de acuerdo al siguiente detalle: