PROMULGACION: 30 de abril de 2012
PUBLICACION: 10 de mayo de 2012

Decreto Nº 145/012 - Se aprueba el cronograma por el que se dispone el pasaje progresivo de las Cárceles Departamentales a la órbita del Instituto Nacional de Rehabilitación.

MINISTERIO DEL INTERIOR

Montevideo, 30 de abril de 2012

VISTO: lo dispuesto en el Artículo 229 de la Ley N° 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010.

RESULTANDO: Que por dicho cuerpo normativo se dispuso que el Ministerio del Interior debería elaborar en un plazo perentorio, un cronograma por el cual se estableciera el pasaje progresivo de las cárceles departamentales, dependientes en la actualidad de las Jefaturas de Policía del Interior, a la órbita del Instituto Nacional de Rehabilitación.

CONSIDERANDO: I) Que a los efectos de dar cumplimiento a lo preceptuado por la citada norma, se ha elaborado un cronograma compuesto de tres etapas, las que se ejecutarán a corto, mediano, y largo plazo.
II) Que dicho cronograma se ajusta al siguiente detalle: Durante el año 2012, pasarán a la órbita del mencionado Instituto los Establecimientos Carcelarios de Canelones, Maldonado (Las Rosas) y Rivera (Cerro Carancho). Durante el periodo 2013-2014, los Establecimientos de Río Negro (Cañitas y Chacra), Rocha, Cerro Largo, Lavalleja (Campanero), Soriano (Chacra Pense), Paysandú, Salto, Artigas (Chacra), Colonia (Piedra de los Indios) y Salto (Chacra El Espinillar), y durante el año 2015 los Establecimientos de Tacuarembó, Paso de los Toros, Durazno, Flores, Florida y Treinta y Tres.
III) Que en virtud de lo expuesto y de lo preceptuado por la citada norma legal, corresponde aprobar el cronograma descrito en el numeral anterior.

ATENTO: a lo preceptuado por el artículo 168, numeral 4° de la Constitución de la República;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Apruébase el cronograma por el cual se dispone el pasaje progresivo de las Cárceles Departamentales a la órbita del Instituto Nacional de Rehabilitación, según el siguiente detalle: Durante el año 2012, pasarán a la órbita del mencionado Instituto los Establecimientos Carcelarios de Canelones, Maldonado (Las Rosas) y Rivera (Cerro Carancho). Durante el período 2013-2014, los Establecimientos de Río Negro (Cañitas y Chacra), Rocha, Cerro Largo, Lavalleja (Campanero), Soriano (Chacra Pense), Paysandú, Salto, Artigas (Chacra), Colonia (Piedra de los Indios) y Salto (Chacra El Espinillar), y durante el año 2015 los Establecimientos de Tacuarembó, Paso de los Toros, Durazno, Flores, Florida y Treinta y Tres.

ART. 2º.-
Publíquese y pase al Instituto Nacional de Rehabilitación para su conocimiento y demás efectos. Oportunamente, archívese.
MUJICA - EDUARDO BONOMI.