PROMULGACION: 26 de diciembre de 2012 PUBLICACION: 3 de enero de 2013
Decreto Nº 415/012 - Impuesto a las Rentas de
las Actividades Económicas (IRAE). Rentas obtenidas por la actividad
de producción de soportes lógicos y de los servicios vinculados a los
mismos. Se precisa el alcance de la expresión "servicios".
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 26 de diciembre de 2012
VISTO: el literal S) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado
1996.
RESULTANDO: que la mencionada norma exonera del Impuesto a las Rentas de
las Actividades Económicas (IRAE) a las rentas obtenidas por la actividad
de producción de soportes lógicos y de los servicios vinculados a los
mismos, que determine el Poder Ejecutivo, siempre que los bienes y
servicios originados en las antedichas actividades sean aprovechados
íntegramente en el exterior.
CONSIDERANDO: conveniente precisar el alcance de los referidos servicios
que quedan comprendidos en la exoneración.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.- "La exoneración a que alude el inciso primero en relación con soportes
lógicos incluye el desarrollo, implementación en el cliente, actualización
y corrección de versiones, personalización (GAPs), prueba y certificación
de calidad, mantenimiento del soporte lógico, capacitación y
asesoramiento.
ART. 2º.- |