PROMULGACION: 9 de agosto de 2013 PUBLICACION: 15 de agosto de 2013
Decreto Nº 232/013 - Se dispone que la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas tendrá derecho a iniciar conforme a las normas generales de derecho civil, acciones de recupero o regreso en forma judicial o extrajudicial contra terceros, por los gastos resultantes de lesiones que se hubieren causado a sus usuarios, a consecuencia de accidentes de tránsito.
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 9 de agosto de 2013
VISTO: lo dispuesto por el artículo 204 de la Ley 18.719 de 27 de
diciembre de 2010, por el cual se autorizó a la Dirección Nacional de
Sanidad de las Fuerzas Armadas a promover, contra terceros, las acciones
de recupero o regreso de los gastos resultantes que por lesiones a
consecuencia de accidentes de tránsito se hubiere causado a sus afiliados,
cuyo costo haya sido financiado por la Institución.
RESULTANDO: I) que el mencionado Organismo hará uso de la facultad legal
conferida, dentro de los límites y en las condiciones que se fijarán en el
presente Decreto.
CONSIDERANDO: I) que existe una relación de causalidad adecuada entre la
conducta del tercero causante del accidente de tránsito y el daño sufrido
por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, ya que se
hace exigible una prestación a favor de la víctima no responsable del
insuceso, que de otra forma no se hubieren ejecutado.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 204
de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
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