PROMULGACION: 29 de enero de 2014
PUBLICACION: 10 de febrero de 2014

Decreto Nº 19/014 - Ministerio del Interior. Ascensos. Oficiales Superiores del Escalafón "L".

MINISTERIO DEL INTERIOR

Montevideo, 29 de enero de 2014

VISTO: El artículo 119 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.

RESULTANDO: Que la referida norma faculta al Poder Ejecutivo, para los ascensos a producirse a partir el 1° de febrero de 2014, a efectuar promociones al grado inmediato superior en la categoría Oficial Superior del Escalafón "L" (Policial), en determinadas condiciones.

CONSIDERANDO: I) Que es necesario reglamentar la forma de conferir dichos ascensos, estimándose adecuado utilizar para ello el sistema previsto en el artículo 149 de la Ley 18.172 de 31 de agosto de 2007 y el artículo 2° de la Ley 18.691 de 1° de octubre de 2010, reglamentado por el Decreto 58/011 de 8 de febrero de 2011.
II) Que en consecuencia, para las promociones a los grados de Inspector General, Inspector Principal e Inspector Mayor que se confieran en ejercicio de la facultad otorgada por la ley, se utilizará el sistema mencionado precedentemente.

ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ART. 1º.-
Una vez que se hayan efectuado los ascensos a Inspector General, Inspector Principal e Inspector Mayor del Escalafón "L" Policial con fecha 1° de febrero de cada año, entre quienes reúnan todos los requisitos exigidos por el artículo 50 de la Ley Orgánica Policial, las vacantes que resten se cubrirán según el orden de prelación establecido en el artículo 119 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y en la siguiente proporción: 50% (cincuenta por ciento) por Concurso, el que se realizará conforme con las normas reglamentarias vigentes para este procedimiento en las hipótesis normales de ascenso a esos grados, y el 50% (cincuenta por ciento) restante por Selección.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
DANILO ASTORI - EDUARDO BONOMI.