PROMULGACION: 26 de agosto de 2014
PUBLICACION: 2 de septiembre de 2014

Decreto Nº 245/014 - Se otorga prórroga para instalación del dispositivo de identificación electrónica (tag) de los vehículos de Organismos Estatales.

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 26 de agosto de 2014

VISTO: el Decreto N° 229/013 de 7 de agosto de 2013 por el cual se aprobó el "Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje para su aplicación en las Rutas Nacionales".

RESULTANDO: I) Que el Artículo 19 de dicho Decreto establece que para gozar del beneficio de la exoneración, los vehículos oficiales deberán contar con un dispositivo de identificación electrónica adherido a sus parabrisas, que será leído por los equipos instalados en los Puestos de Recaudación.
II) Que, a su vez, el Artículo 20 del mencionado Decreto dispone de un año de plazo, a partir del día siguiente a la publicación del precitado acto administrativo, para que los Organismos del Estado instalen el dispositivo de identificación electrónica en sus vehículos y que cumplido dicho plazo el vehículo que no lo posea deberá abonar el valor de la Tarifa de Peaje correspondiente, sin excepción de especie alguna.
III) Que, de acuerdo a lo antes expresado, a partir de la hora cero del día 15 de agosto de 2014, sólo se permitirá el pasaje, como exento, de los vehículos oficiales que tengan el dispositivo de identificación electrónica (tag) colocado.
IV) Que en el relevamiento realizado se constató que los vehículos que gozan del beneficio de la exoneración, aún no han cumplido la instalación del dispositivo (tag) de identificación electrónica.

CONSIDERANDO: conveniente prorrogar el plazo establecido en el Artículo 20 del "Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje para su aplicación en las Rutas Nacionales", Decreto N° 229/013 de 7 de agosto de 2013.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Dispónse una prórroga de sesenta días, a partir de la hora cero del día 15 de agosto de 2014, para que los vehículos de los Organismos del Estado tengan instalado el dispositivo de identificación electrónica (tag), dispuesto en el "Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje para su aplicación en las Rutas Nacionales", Decreto N° 229/013 de 7 de agosto de 2013.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, notifíquese y vuelva al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
MUJICA - ENRIQUE PINTADO - MARIO BERGARA