PROMULGACION: 11 de noviembre de 2015 PUBLICACION: 16 de noviembre de 2015
Decreto Nº 303/015 - Se modifica el Decreto 349/001 en lo que refiere a la aplicación de multas por infracción al régimen de Transporte de Cargas.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 11 de noviembre de 2015
VISTO: lo dispuesto en el artículo 44 del Decreto N° 349/2001, de 4 de setiembre de 2001, en redacción dada por el artículo 14 del Decreto N° 366/013, de 12 de noviembre de 2013.
RESULTANDO: que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas al expedirse al respecto informa que no existen observaciones de índole jurídica que formular.
CONSIDERANDO: que resulta conveniente, a los efectos de la aplicación práctica de los valores de las multas por infracción al régimen de transporte de cargas, establecer un mínimo y un máximo, considerando las distintas circunstancias del caso concreto.
ATENTO: a lo expuesto.
ART. 1º.-
Modifícase el artículo 44 del Decreto N° 349/2001, de 4 de setiembre de 2001, en redacción dada por el artículo 14 del Decreto N° 366/013, de 12 de noviembre de 2013, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 44.- Quienes cometan las conductas descriptas en el artículo 42, se harán pasibles de una multa, que se graduará entre un mínimo de 10 UR (Unidades Reajustables diez) y los máximos que se establecen a continuación:-
Por infracción al literal a) UR 50
ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a sus efectos
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