PROMULGACION: 13 de octubre de 2020 PUBLICACION: 21 de octubre de 2020
Decreto Nº 277/020 - Se derogan los plazos para la implementación de los Servicios de Salud y Seguridad en el Trabajo, a las empresas que se determinan.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 13 de octubre de 2020
VISTO: el Convenio Internacional de Trabajo N° 161 sobre Servicios de Salud en el Trabajo ratificado por la Ley N° 15.965, de 28 de junio de 1988, el Decreto N° 127/014, de fecha 13 de mayo de 2014 y el Decreto N° 126/019, de fecha 6 de mayo de 2019;
RESULTANDO: I) que el Decreto 126/019 dispone la obligatoriedad de la implementación de Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo para empresas con más de trescientos trabajadores, cualquiera sea la rama de actividad o naturaleza comercial, industrial, rural o de servicio y tenga o no finalidad de lucro, tanto en el ámbito público como privado; siendo incorporadas progresivamente las empresas que tengan entre cincuenta y trescientos trabajadores;
CONSIDERANDO: I) que la actual situación de emergencia sanitaria nacional, declarada con motivo de la pandemia del virus COVID- 19, ha dificultado la implementación de los referidos servicios en los plazos dispuestos;
ATENTO: a lo dispuesto por Ley N° 5.032, de 21 de julio de 1914, Convenio Internacional de Trabajo N° 161 ratificado por Ley N° 15.965, de 28 de junio de 1988, Decretos N° 127/014, de fecha 13 de mayo de 2014, N° 197/014, de fecha 16 de julio de 2014, N° 128/014, de fecha 13 de mayo de 2014, N° 109/017, de fecha 24 de abril de 2017, N° 242/018, de fecha 6 de agosto de 2018, N° 394/018, de fecha 26 de noviembre de 2018, N° 126/019, de fecha 6 de mayo de 2019;
ART. 1º.- ART. 2º.- ART. 3º.- |