PROMULGACION: 23 de octubre de 2020
PUBLICACION: 30 de octubre de 2020

Decreto Nº 288/020 - Se suprime la Unidad de Apoyo al Desarrollo y la Inversión en el Sector Privado (U.N.A.S.E.P), creada por Resolución del MEF de 22 de agosto de 2006.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 23 de octubre de 2020

VISTO: que por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 22 de agosto de 2006, se creó la Unidad de Apoyo al Desarrollo y la Inversión en el Sector Privado (U.N.A.S.E.P) y por Decreto N° 286/013, de 9 de setiembre de 2013, se aprobó el proyecto de reformulación de la estructura organizativa y los nuevos puestos de trabajo del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";

RESULTANDO: I) que la U.N.A.S.E.P tiene como cometidos, entre otros, la atención al inversor, brindando información y asesoramiento sobre exoneraciones tributarias, así como orientar y coordinar al Ministerio de Economía y Finanzas, en el desarrollo de políticas y programas de incentivo a la competitividad empresarial;
II) que en la actualidad la citada Unidad cuenta solamente con dos funcionarios, comparte su espacio físico y recursos materiales con la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (C.O.M.A.P) y esta última es quien está realizando, parcialmente, los cometidos y funciones de la U.N.A.S.E.P, haciendo innecesario mantener dicha oficina en funcionamiento;

CONSIDERANDO: la necesidad de organizar y racionalizar los recursos humanos y materiales de la Administración Central;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Suprímese la Unidad de Apoyo al Desarrollo y la Inversión en el Sector Privado (U.N.A.S.E.P) creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 22 de agosto de 2006 y aprobada su estructura organizativa por Decreto N° 286/013, de 9 de setiembre de 2013, y asígnase a la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (C.O.M.A.P) las funciones y cometidos de la U.N.A.S.E.P.

ART. 2º.-
Transfiéranse los recursos humanos, materiales y financieros de la U.N.A.S.E.P a la C.O.M.A.P.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE.