PROMULGACION: 11 de febrero de 2021 PUBLICACION: 18 de febrero de 2021
Decreto Nº 59/021 - COVID 19. Se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el período que se determina, a las empresas concesionarias del Aeropuerto Internacional de Carrasco y Aeropuerto Internacional de Laguna del Sauce, a las empresas de transporte aéreo de pasajeros que operan en la República Oriental del Uruguay, y a las empresas explotadoras de salas de cine y de distribución cinematográfica.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Montevideo, 11 de febrero de 2021
VISTO: lo dispuesto por la Ley N° 19.928, de 18 de diciembre de 2020;
RESULTANDO: que la mencionada Ley faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1° de noviembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021 de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social, a las empresas concesionarias del Aeropuerto Internacional de Carrasco y Aeropuerto Internacional de Laguna del Sauce, empresas de transporte aéreo de pasajeros que operen en la República Oriental del Uruguay, a las empresas explotadoras de salas de cine y de distribución cinematográfica;
CONSIDERANDO: I) que la Ley N° 19.928, de 18 de diciembre de 2020, contempla la situación especial consecuencia de la emergencia nacional sanitaria dispuesta por el Poder Ejecutivo por Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020, causada a raíz de la pandemia originada por la enfermedad COVID-19, haciendo necesario tomar medidas con el fin de mitigar los efectos que la misma ha ocasionado en determinados sectores de actividad especialmente afectados, destacándose las actividades en los aeropuertos internacionales así como de las líneas aéreas que operan en nuestro país, debido a las restricciones al ingreso y egreso de pasajeros vigentes;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por el numeral 4°) del artículo 168 de la Constitución de la República, y la Ley N° 19.928, de 18 de diciembre de 2020;
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