PROMULGACION: de 24 de marzo de 1999
PUBLICACION: 13 de abril de 1999

Decreto Nº 84/999 - Software. Declaración de interés nacional.

MINISTERIO DE INDUSTRÍA, ENERGÍA Y MINERÍA
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 24 de marzo de 1999

VISTO: las pautas de promoción de actividades productivas definidas por las leyes Nos. 16.096 y 14.178;

RESULTANDO: que el sector productor de software ha revelado poseer una potencialidad de desarrollo aún no aprovechada íntegramente;

CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo en virtud de lo dispuesto por las leyes Nos. 14.178 y 16.906 y Decretos Reglamentarios se encuentra facultado para conceder la Declaratoria de Interés Nacional Sectorial;
II) que la promoción a la referida actividad encuadra plenamente en los objetivos establecidos en las leyes mencionadas;

ATENTO: a lo expuesto, lo recomendado por la Comisión de Aplicación, creada por el artículo 12 de la ley 16.906 (COMAP) y la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Declárase de Interés Nacional la actividad de producción del sector software, en condiciones de competencia internacional. (Derogado)

ART. 2º.-
Para acceder a los beneficios promocionales previstos en la ley Nº 16.096, las empresas que se dediquen a esa actividad deberán presentar ante la COMAP un proyecto de inversión que resulte viable, técnica, comercial, financiera y económicamente.(Sustituido) (Sustituido) (Sustituido) (Sustituido) (Sustituido) (Derogado)

ART. 3º.-
El Poder Ejecutivo con el asesoramiento de la COMAP, determinará si el proyecto presentado cumple con las pautas referidas en la Ley 16.906 y Decretos reglamentarios.(Sustituido) (Derogado)

ART. 4º.-
Comuniquese, etc.
SANGUINETTI - JULIO HERRERA - LUIS MOSCA