PROMULGACION: 25 de setiembre de 2002
PUBLICACION: 30 de setiembre de 2002

Ley Nº 17.558 - Tributos. Se crea un adicional al impuesto establecido por el artíclulo 25 del Decreto-Ley Nº 15.294 equivalente al reajuste del monto líquido de las remuneraciones de los Legisladores Nacionales, correspondiente al mes de setiembre de 2002.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay,
reunidos en Asamblea General,
DECRETAN

ART. 1º.-
Créase un adicional al impuesto establecido por el artíclulo 25 del Decreto-Ley Nº 15.294, de 23 de junio de 1982, equivalente al reajuste del monto líquido de las remuneraciones de los Legisladores Nacionales, correspondiente al mes de setiembre de 2002 y que gravará exclusivamente a dichas remuneraciones.

ART. 2º.-
El monto del adicional anterior será destinado exclusivamente como refuerzo de los rubros de gastos del Instituto Nacional del Menor (INAME) relativos a convenios con asociaciones civiles.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de setiembre de 2002. GUILLERMO ALVAREZ, Presidente; HORACIO D. CATALURDA, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Montevideo, 25 de setiembre de 2002

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY - ANTONIO MERCADER
(Derogado)