PROMULGACION: 13 de setiembre de 2013
PUBLICACION: 27 de setiembre de 2013

Ley 19.128 - Se declara al mar territorial y a la zona económica exclusiva de la República Oriental del Uruguay "Santuario de Ballenas y Delfines".

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. 1º.-
Decláranse al mar territorial y a la zona económica exclusiva de la República Oriental del Uruguay "Santuario de Ballenas y Delfines", con el alcance que se establece en el articulo 2° de la presente ley.

ART. 2º.-
Quedan prohibidas en dicho mar territorial y en la zona económica exclusiva las siguientes actividades, ya sean ejecutadas por embarcaciones de bandera nacional o extranjera:
A) La persecución, caza, pesca, apropiación o sometimiento a proceso de transformación, de cualquier especie de ballenas y delfines.
B) El transporte y desembarque de ballenas y delfines vivos, exceptuando los casos de interés científico y sanitario, declarados tales por las autoridades nacionales competentes.
C) La retención, agresión o la molestia intencional que conduzca a la muerte de cualquier especie de ballenas y delfines.
La no observancia de esta prohibición será sancionada de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 13.833, de 29 de diciembre de 1969, y en cualquier otra disposición de protección que regule la materia.

ART. 3º.-
Encomiéndase al Poder Ejecutivo la promoción de la protección y conservación de las ballenas y delfines en forma compatible con las actividades productivas de interés para el país.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de setiembre de 2013. GERMÁN CARDOSO, Presidente; VIRGINIA ORTIZ, Secretaria.

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
  MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 13 de setiembre de 2013

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se declaran al mar territorial y a la zona económica exclusiva de la República "Santuario de Ballenas y Delfines".
MUJICA - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME.