PROMULGACION: 29 de abril de 2020 PUBLICACION: 5 de mayo de 2020
Ley 19.878 - Se suspenden por un año créditos destinados al sector agropecuario a efectos de financiar el "Fondo Solidario COVID-19".
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
ART. Unico.-
Suspéndese por el plazo de 1 (un) año, a partir del 1° de mayo de 2020, el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 18.910, de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.973, de 21 de setiembre de 2012.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 29 de abril de 2020
Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se suspende por el plazo de 1 (un) año, a partir del 1° de mayo de 2020, el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 18.910, de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.973, de 21 de setiembre de 2012.
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