PROMULGACION: 12 de abril de 2012
PUBLICACION: 24 de abril de 2012

Decreto Nº 108/012 - Funcionarios. Llamados a concurso de ascenso y de ingreso. Régimen.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
            MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 12 de abril de 2012

VISTO: Lo dispuesto por el Decreto N° 377/011, de fecha 4 de noviembre de 2011.

RESULTANDO: Que por el artículo 10 de dicho Decreto, se dispuso que el Jerarca del Inciso podrá disponer en una única convocatoria los llamados a concurso de ascenso y de ingreso, quedando habilitada la apertura por el procedimiento de ingreso sólo en caso de resultar desierto el concurso por el procedimiento del ascenso.

CONSIDERANDO: Que es conveniente establecer que en caso de producirse una nueva vacante en el Inciso en el mismo escalafón, grado, serie y denominación, se pueda recurrir al orden de prelación resultante del concurso realizado, durante el plazo de dieciocho meses.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 377/011, de fecha 4 de noviembre de 2011.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:

ART. 1º.-
Modifícase el artículo 10 del Decreto N° 377/011 de 4 de noviembre de 2011, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"El Jerarca del Inciso podrá disponer en una única convocatoria los llamados a concurso de ascenso y de ingreso, quedando habilitada la apertura por el procedimiento de ingreso solo en caso de resultar desierto el concurso por el procedimiento del ascenso.
Una vez provista la vacante y toda vez que se produzca una nueva vacante en el Inciso en el mismo escalafón, grado, serie y denominación se podrá recurrir al orden de prelación resultante del concurso correspondiente, el que tendrá una vigencia de dieciocho meses.
De resultar desierto el concurso, la vacante se proveerá de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y su decreto reglamentario".

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ELEUTERIO FERNANDEZ HUIDOBRO - OSCAR GOMEZ - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - NELSON LOUSTAUNAU - JORGE VENEGAS - TABARE AGUERRE - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - DANIEL OLESKER.