PROMULGACION: 13 de marzo de 2013 PUBLICACION: 20 de marzo de 2013
Decreto Nº 89/013 - Sociedades anónimas que hayan modificado su contrato
social, sustituyendo las acciones al portador por acciones nominativas o escriturales. Plazo para el cumplimento de publicaciones.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Montevideo, 13 de marzo de 2013
VISTO: lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley N° 18.930, de 17 de julio
de 2012.
RESULTANDO: que las sociedades anónimas que hayan modificado su contrato
social, sustituyendo las acciones al portador por acciones nominativas o
escriturales al amparo del referido artículo, una vez realizadas las
publicaciones están obligadas a efectuar la comunicación a la Auditoría
Interna de la Nación.
CONSIDERANDO: conveniente establecer el plazo para el cumplimiento de
dicha obligación, tipificar la infracción en caso de incumplimiento y
fijar la sanción correspondiente.
ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 412 de la Ley N°
16.060, de 4 de setiembre de 1989.
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