MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 29 de enero de 2014
VISTO: lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 273/013 de fecha
2 de setiembre de 2013 por el cual se aprobó la reformulación de la
estructura organizativa y los nuevos puestos de trabajo del Inciso 15,
"Ministerio de Desarrollo Social";
RESULTANDO: I) que en el marco de dicha reformulación, se crean 355
(trescientas cincuenta y cinco) vacantes presupuestales en grados de
ingreso;
II) que entre las fuentes de financiamiento de las vacantes antes
mencionadas, se encuentran los créditos previstos en los artículos N° 231
de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y 240 de la Ley N° 18.996 de
7 de noviembre de 2012;
III) que el organismo cuenta en la actualidad con 87 (ochenta y siete)
vacantes presupuestales en grados de ingreso;
CONSIDERANDO: I) que por razones de buena administración resulta
conveniente utilizar la totalidad de los recursos disponibles en la forma
que más convenga a los intereses de la Administración;
II) que se hace necesario establecer una gradualidad en el proceso de
conformación de la nueva estructura de cargos creados por el referido
Decreto, en la medida que se vayan generando las condiciones para la
provisión de los mismos, así como permitir la utilización de los créditos
originados por la supresión de las vacantes existentes en el señalado
organismo;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos
N° 231 de la Ley N° 18.834 de 4 de noviembre de 2011 y 240 de la Ley N°
18.996 de 7 de noviembre de 2012;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Autorízase al Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social" a implementar
en forma progresiva, la financiación de los cargos creados según lo
dispuesto por el Decreto N° 273/013 de fecha 2 de setiembre de 2013,
conforme se vayan produciendo las designaciones necesarias para la
provisión de los mismos.
ART. 2º.-
Suprímase la cantidad de 87 (ochenta y siete) vacantes que se detallan en
el Anexo adjunto, el que se considera parte integrante de la presente
Resolución, y reasígnese el crédito resultante en el objeto del gasto
092.000 "Partidas Globales a Distribuir", el cual será destinado a
financiar parte de las vacantes creadas por el Decreto 273/013.
ART. 3º.-
Facultase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos
presupuestales a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el presente
Decreto.
ART. 4º.-
Dese cuenta a la Asamblea General, comuniquese, publíquese.
DANILO ASTORI - DANIEL OLESKER - MARIO BERGARA.