PROMULGACION: 17 de febrero de 2014
PUBLICACION: 25 de febrero de 2014

Decreto Nº 37/014 - Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2014 la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto 88/012.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 17 de febrero de 2014

VISTO: el artículo 823 de Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) que la norma referida faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a los fabricantes nacionales de bebidas comprendidas en los numerales 5), 6) y 7) del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996, siempre que utilicen para su comercialización envases retornables.-
II) que el Decreto N° 88/012, de 23 de marzo de 2012, estableció el monto de los referidos créditos fiscales, los que fueron prorrogados por el Decreto N° 41/013 de 6 de febrero 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013.

CONSIDERANDO: conveniente extender la vigencia de los referidos créditos.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrogase hasta el 31 de diciembre de 2014 la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto N° 88/012, de 23 de marzo de 2012.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - MARIO BERGARA.