PROMULGACION: 23 de febrero de 2015
PUBLICACION: 2 de marzo de 2015

Decreto Nº 65/015 - Se incorpora al art. 2° del Decreto 147/014, las posiciones arancelarias que se determinan.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 23 de Febrero de 2015

VISTO: el Decreto N° 147/014 de 23 de mayo de 2014.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de nuevos productos al régimen de devolución de tributos.

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Macroeconómica y Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Incorpóranse al artículo 2° del Decreto N° 147/014 de 23 de mayo de 2014, las posiciones arancelarias que se indican seguidamente:
3920.62.99.00
3920.69.00.00
4301.10.00.00

ART. 2º.-
Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para las operaciones de exportación embarcadas a partir de la vigencia del presente Decreto.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - MARIO BERGARA - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE.