PROMULGACION: 26 de mayo de 2015
PUBLICACION: 2 de junio de 2015

Decreto Nº 143/015 - Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2015 lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto N° 147/014.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
  MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 26 de mayo de 2015

VISTO: el Decreto N° 335/014 de 21 de noviembre de 2014.

RESULTANDO: que la referida norma prorrogó lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto N° 147/014 de 23 de mayo de 2014, hasta el 31 de mayo de 2015.

CONSIDERANDO: que se estima conveniente disponer una prórroga del citado artículo hasta el 30 de noviembre de 2015 para los sectores que se han visto más afectados por la situación de la demanda externa.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 30 de noviembre de 2015 lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto N° 147/014 de 23 de mayo de 2014.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - CAROLINA COSSE - TABARÉ AGUERRE.