PROMULGACION: 21 de enero de 2016 PUBLICACION: 29 de enero de 2016
Decreto Nº 8/016 - Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2016, la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto N° 88/012.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de enero de 2016
VISTO: el artículo 823 de Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
RESULTANDO: I) que la norma referida faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a los fabricantes nacionales de bebidas comprendidas en los numerales 5), 6) y 7) del artículo 1° del Título 11 del Texto Ordenado 1996, siempre que utilicen para su comercialización envases retornables.
CONSIDERANDO: conveniente extender la vigencia de los referidos créditos.
ATENTO: a lo expuesto,
ART. 1º.-
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2016, la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto N° 88/012 de 23 de marzo de 2012.
ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
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