MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 14 de febrero de 2020
VISTO: el Decreto N° 285/013 de 9 de setiembre de 2013 y sus modificativos N° 61/014 de 14 de marzo de 2014 y 119/014 de 2 de mayo de 2014;
RESULTANDO: I) que por el mismo se aprobó el proyecto de reformulación de las estructuras organizativas y los nuevos puestos de trabajo de las Unidades Ejecutoras 001, 004, 006, 007, 008, 009, 010 del Inciso 02 "Presidencia de la República";
II) que en particular la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes" se vio modificada por el Decreto N° 61/014 de 14 de marzo de 2014;
CONSIDERANDO: que conforme al Decreto 127/014 de 13 de mayo de 2014, debe crearse un Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo, el que sustituirá al Departamento de Servicio Médico y dependerá de la División Gestión Humana como aquel;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la normativa anteriormente citada;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
ART. 1º.-
Modifícanse los Anexos I y II del Decreto 285/013 de 9 de setiembre de 2013, "Estructura de la Unidad Ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes", Capítulo III "Unidades Organizativas", los que quedarán redactados de la siguiente forma:
CAPITULO III. UNIDADES ORGANIZATIVAS
DIVISIONES
Financiero Contable
Gestión Humana
Logística e Infraestructura
Unidad Productiva y cuidado de bosques Anchorena
Transporte
Comunicación Presidencial
Asesoría Jurídica
Planificación Estratégica y Mejora Continua
Gestión Gobierno Electrónico
Secretaría Administrativa
DEPARTAMENTOS
Finanzas
Contaduría
Liquidación de Haberes
Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo
Compras y suministros
Servicios Generales
Infraestructura
Ceremonial y Protocolo
Escribanía de Gobierno
Acuerdos
ART. 2º.-
Modifícanse las descripciones de las Unidades Organizativas "Gestión Humana" y "Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo" (antes Servicio Médico) las que quedarán redactadas de acuerdo a fichas de descripción anexas al presente decreto y que forman parte del mismo.
ART. 3º.-
Sustitúyese el Organigrama aprobado por el Decreto 285/013 de 9 de setiembre y sus modificativos N° 61/014 de 14 de marzo de 2014 y 119/014 de 2 de mayo de 2014, por el que luce adjunto y forma parte del presente decreto.
ART. 4º.-
Dése cuenta a la Asamblea General, comuniquese, publíquese.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.