PROMULGACION: 11 de setiembre de 2009
PUBLICACION: 21 de setiembre de 2009

Ley 18.562 - Dirección Nacional de Loterías y Quinielas. Sorteo especial de lotería anual a beneficio del Hospital Pasteur, con destino a obras de remodelación, ampliación y conservación.

PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:

ART. 1º.-
La Dirección Nacional de Loterías y Quinielas realizará anualmente, en fecha que determinará el Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería, cuyo premio mayor no será inferior a la quinta parte de la lotería mayor del año, a total beneficio del Hospital Pasteur, con destino a obras de remodelación, ampliación y conservación del mencionado establecimiento.

ART. 2º.-
El producido neto de la venta de los números de lotería a que se refiere el artículo anterior, deducidos los premios pagados, así como los premios no cobrados, se verterá en la cuenta especial que en el Banco de la República Oriental del Uruguay está a la orden de la Comisión Honoraria de Apoyo al Hospital Pasteur.

ART. 3º.-
No regirá a estos efectos lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N° 13.318, de 28 de diciembre de 1964.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de setiembre de 2009. RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; SANTIAGO GONZÁLEZ BARBÓNI, Secretario.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Montevideo, 11 de setiembre de 2009

Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se dispone que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas realice anualmente, en fecha que determine el Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería cuya recaudación sea destinada a total beneficio del Hospital Pasteur.
VAZQUEZ - ALVARO GARCIA - MARIA JULIA MUÑOZ.
(Derogado)