| PROMULGACION:  17 de junio de 2022 PUBLICACION: 24 de junio de 2022 
 
Ley 20.046 - Prórroga del plazo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014, hasta el 1° de marzo de 2025.
   
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
 DECRETAN:
 ART. 1°.-
Prorrógase el plazo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014, hasta el 1° de marzo de 2025.
 ART. 2º.-
La presente ley entrará en vigencia con fecha 5 de enero de 2022.
 MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 17 de junio de 2022
 Cúmplase, acúsese recibo, comuniquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga el plazo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 19.247, de 15 de agosto de 2014, sobre tenencia de armas.
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