PROMULGACION: 3 de julio de 2006
PUBLICACION: 7 de julio de 2006

Decreto Nº 208/006 - Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones. Se actualiza su valor.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 3 de julio de 2006

VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por la Ley Nº 17.707 de 10 de noviembre de 2003.

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año en función de la variación del Indice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° de diciembre a 31 de mayo respectivamente.
II) que la variación operada por el mencionado Indice en el período comprendido entre el 1º de diciembre de 2005 y el 31 de mayo de 2006 fue del 3.77% (tres con setenta y siete por ciento).

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Instituto Nacional de Estadística.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Actualízase el valor del "Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707 de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 652,00 (pesos uruguayos seiscientos cincuenta y dos) para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de diciembre de 2006.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese .
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.