PROMULGACION: 31 de julio de 2007
PUBLICACION: 7 de agosto de 2007

Decreto Nº 268/007 - Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación. Ministerio Público y Fiscal. Partidas con destino al perfeccionamiento académico. Tratamiento tributario respecto al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 31 de julio de 2007

VISTO: los artículos 330 y 456 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y sus normas complementarias.

RESULTANDO: que las referidas disposiciones establecen el otorgamiento de partidas destinadas al perfeccionamiento académico para los funcionarios del Poder Judicial y de la Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación.

CONSIDERANDO: que existe una remisión expresa que vincula el tratamiento de ambas partidas.

ATENTO: a lo expuesto y a dispuesto por la Ley Nº 18.083, de 26 de diciembre de 2006.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Las partidas con destino al perfeccionamiento académico otorgadas a los funcionarios que ocupan cargos en los escalafones A y N de la Unidad Ejecutora 019 "Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación", Programa 010 "Ministerio Público y Fiscal" del Inciso 11, "Ministerio de Educación y Cultura", tendrán el mismo tratamiento tributario respecto al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas que el correspondiente a las partidas a que refiere el artículo 456 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y sus normas complementarias.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - DANILO ASTORI.