PROMULGACION: 24 de setiembre de 2008 PUBLICACION: 29 de setiembre de 2008
Decreto Nº 453/008 - Administración Central. Se dispone que los Incisos serán los responsables de la adquisición de los tickets alimentación.
MINISTERIO DEL INTERIOR Montevideo, 24 de setiembre de 2008
VISTO: lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto N° 466/007, de 3 de diciembre de 2007, reglamentario del artículo 27 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007.
CONSIDERANDO: I) que en virtud de que la centralización de la compra de tickets de alimentación a través de la UCAA en el año 2007, de conformidad con la citada norma reglamentaria, no reportó los beneficios económicos esperados, ante la gran diversidad de casos a contemplar en los distintos Incisos de la Administración Central.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
DECRETA:
ART. 1º.- "ARTICULO 7°.- Los Incisos de la Administración Central serán los responsables de la adquisición de los tickets alimentación necesarios para abonar a su personal que reúna los requisitos establecidos en la normativa vigente."
ART. 2º.- |