PROMULGACION: 22 de diciembre de 2008
PUBLICACION: 13 de enero de 2009

Decreto Nº 782/008 - Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones. Se actualiza su valor.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 22 de diciembre de 2008

VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones, creado por la Ley Nº 17.707, de 10 de noviembre de 2003.

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año en función de la variación del índice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1º de junio de 30 de noviembre y 1º "de diciembre a 31 de mayo respectivamente.
II) la variación operada por el mencionado índice en el período comprendido entre el 1º de junio de 2008 y el 30 de noviembre de 2008 fue del 3.92% (tres con noventa y dos por ciento).

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el Instituto Nacional de Estadística.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones, creado por el artículo 21 de la Ley Nº 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 786,oo (pesos uruguayos setecientos ochenta y seis), para el período comprendido entre el 1º de enero y el 30 de junio de 2009.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
NIN NOVOA - ANDRES MASOLLER.