PROMULGACION: 23 de julio de 2010
PUBLICACION: 4 de agosto de 2010

Decreto Nº 224/010 - Negociación Colectiva en el marco de las Relaciones Laborales en el sector público. Se incorporan en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social un objeto del gasto como fuente de financiamiento.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 23 de julio de 2010

VISTO: Lo dispuesto en la Ley No. 18.508 "Negociación Colectiva en el marco de las Relaciones Laborales en el sector público", la que reconoce el derecho de la negociación colectiva de todos los funcionarios públicos y dispone que sea en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social donde se cumplan las funciones de conciliación y mediación.

CONSIDERANDO: I) Que se hace necesario contar en la Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Trabajo" con mayor cantidad de Profesionales Abogados y Economistas especializados en negociación.
II) Que para ello se hace necesario la realización de un concurso abierto para la contratación a través de la modalidad de Contratos a Término de los profesionales anteriormente mencionados.
III) Que por el Decreto No. 138/010, de 26 de abril de 2010 el Presidente de la República Decreta que no podrán celebrarse contratos cuyo plazo de vigencia sea posterior al 31 de marzo de 2011.

ATENTO: A lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley No. 17.556 que faculta al Poder Ejecutivo a incorporar nuevas formas de financiamiento para la realización de Contratos a Término.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
INCORPORASE en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Unidad Ejecutora 002 "Dirección Nacional de Trabajo" el Objeto del Gasto 2.8.2 "Servicios Profesionales y Técnicos" como fuente de financiamiento de los contratos celebrados al amparo del artículo 30 y siguientes de la Ley No. 17.556 del 18 de setiembre de 2002.

ART. 2º.-
COMUNIQUESE, etc.
MUJICA - EDUARDO BRENTA - FERNANDO LORENZO.