PROMULGACION: 20 de julio de 2012
PUBLICACION: 30 de julio de 2012

Decreto Nº 230/012 - Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones. Valor. Actualización.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 20 de julio de 2012

VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003.

RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año en función de la variación del Indice de Precios al Consumo determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° diciembre a 31 de mayo respectivamente.
II) que el índice del mes de noviembre de 2011 fue 107,84 y el del mes de mayo de 2012 fue 112,75, por lo que la variación operada por el Indice de Precios al Consumo en el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2011 y el 31 de mayo de 2012 fue de 4.55% (cuatro con cincuenta y cinco).

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Actualízase el valor del "Timbre Registro de Testamentos y Legalizaciones" creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707, de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 1.012 (pesos uruguayos mil doce) para el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de diciembre de 2012.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - FERNANDO LORENZO.