PROMULGACION: 27 de agosto de 2012
PUBLICACION: 31 de agosto de 2012

Decreto Nº 281/012 - Se deroga el Decreto que limitaba la actuación de DGI en caso de adeudos resultantes de la caducidad de convenios o de cheques rechazados por falta de fondos.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 27 de agosto de 2012

VISTO: el artículo 8° del Decreto N° 342/011 de 27 de setiembre de 2011.

RESULTANDO: I) que la norma referida no permite a la Dirección General Impositiva hacer uso de la facultad otorgada por el apartado 2 del numeral 43 del artículo 346 del Decreto-Ley N° 14.416, de 28 de agosto de 1975, cuando se trate de adeudos resultantes de la caducidad de convenios o de cheques rechazados por falta de fondos, con independencia de su monto.-
II) que la restricción provoca problemas de economía cuando el monto del adeudo es poco significativo.

CONSIDERANDO: conveniente eliminar la referida restricción por razones de buena administración.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el apartado 2 del numeral 43 del artículo 346 del Decreto-Ley N° 14.416, de 28 de agosto de 1975.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Derógase el artículo 8° del Decreto 342/011 de 27 de setiembre de 2011.

ART. 2º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - FERNANDO LORENZO.