PROMULGACION: 6 de febrero de 2013
PUBLICACION: 14 de febrero de 2013

Decreto Nº 44/013 - Se extienden los plazos para que los titulares de participaciones patrimoniales al portador residentes en el exterior, informen sobre su situación.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 6 de febrero de 2013

VISTO: los plazos dispuestos por los artículos 19 y 20 del Decreto N° 247/012, de 2 de agosto de 2012, con las prórrogas dadas por el Decreto N° 361/012, de 12 de noviembre de 2012.

RESULTANDO: I) que los titulares de participaciones patrimoniales al portador residentes en el exterior, pueden requerir de trámites adicionales que insumen un plazo mayor.
II) que el elevado número de trámites de modificación de contrato transformando las acciones al portador en acciones nominativas, ameritan la ampliación de los plazos.

CONSIDERANDO: conveniente otorgar una prórroga de los plazos mencionados, de manera de facilitar el cumplimento de las obligaciones.

ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 18.930, de 17 de julio de 2012.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Extiéndense los plazos establecidos por el inciso primero del artículo 19 del Decreto N° 247/012, de 2 de agosto de 2012, con las prórrogas dadas por el artículo 1° del Decreto N° 361/012, de 12 de noviembre de 2012, hasta el 23 de abril de 2013.
El plazo establecido por el inciso segundo del artículo 19 del Decreto N° 247/012 referido en el inciso anterior, será hasta el 30 de abril de 2013.

ART. 2º.-
Extiéndese el plazo a que refiere el primer inciso del artículo 20 del Decreto N° 247/012, de 2 de agosto de 2012, con la prórroga dada por el artículo 2° del Decreto N° 361/012, de 12 de noviembre de 2012, de acuerdo con el siguiente calendario de vencimientos según el último dígito del número de RUC:

Ultimo dígito Vencimiento
0 a 3 16 de abril de 2013
4 a 6 23 de abril de 2013
7 a 9 30 de abril de 2013

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese, archívese.
MUJICA - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH.