PROMULGACION: 11 de julio de 2014
PUBLICACION: 22 de julio de 2014

Decreto Nº 191/014 - IVA. Se otorga reducción a las operaciones comprendidas en el artículo 1 del Decreto 376/012, extendiéndose a las comprendidas en el Decreto 377/012.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Montevideo, 11 de julio de 2014

VISTO: la Ley N° 17.934, de 26 de diciembre de 2005, con la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.999, de 15 de noviembre de 2012 y el artículo 48 bis del Título 1 del Texto Ordenado 1996, con la redacción dada por el artículo 2° de la Ley N° 18.999, de 15 de noviembre de 2012.

RESULTANDO: I) que al amparo de las mencionadas normas se dictaron los Decretos N° 376/012 y N° 377/012, de 23 de noviembre de 2012, que fijaron como plazo para la obtención de los incentivos acordados, el 31 de marzo de 2013.
II) que por Decreto N° 216/013, de 29 de Julio de 2013, se fijó como nuevo plazo para la obtención de los incentivos acordados, el 31 de julio e 2014.

CONSIDERANDO: los resultados obtenidos durante la vigencia de los incentivos y la conveniencia de mantener el mismo hasta el 31 de julio de 2015.

ATENTO: a lo expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
Otorgar a las operaciones comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 376/012 que se realicen hasta el 31 de julio de 2015, la reducción de la tasa del Impuesto al Valor Agregado, en la forma y condiciones dispuestas por el citado Decreto.

ART. 2º.-
Extiéndase el beneficio otorgado a las operaciones comprendidas en el Decreto N° 377/012 a aquellos arrendamientos que se realicen hasta el 31 de julio de 2015, manteniéndose en todos sus términos las condiciones exigidas por el citado Decreto para hacer efectivo el referido beneficio.

ART. 3º.-
Comuniquese, publíquese y archívese.
MUJICA - MARIO BERGARA - LILIAM KECHICHIAN.