PROMULGACION: 1º de junio de 2009
PUBLICACION: 8 de junio de 2009

Decreto Nº 263/009 - Ministerio de Desarrollo Social. Presupuestación de funcionarios que desempeñan funciones contratadas.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 1º de junio de 2009

VISTO: lo dispuesto en los artículos 43 de la Ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006 y 26 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007, y en los Decretos Nº 434/007 de 14 de noviembre de 2007 y 516/2007 de 26 de diciembre de 2007;

RESULTANDO: I) que en la primera de las normas citadas en el Visto se estableció la presupuestación de los funcionarios que desempeñan funciones contratadas de carácter permanente en los Incisos 02 al 11 y 13 al 15;
II) que por la segunda de las disposiciones legales mencionadas se crearon los cargos presupuestados equivalentes a las funciones contratadas interinas referidas en el Inciso 1º del artículo 43 de la Ley Nº 18.046 de 24 de octubre de 2006;
III) que el Decreto N° 434/007 aprobó las medidas tendientes a la implementación de la presupuestación dispuesta;
IV) que el Decreto Nº 516/007 de 26 de diciembre de 2007 aprobó el Reglamento de Concursos para la provisión de los cargos creados por el artículo 26 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de 2007;

CONSIDERANDO: que en virtud de las particularidades del Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", creado por la Ley N° 17.866 de 21 de marzo de 2005, resulta necesario, a los efectos de permitir su fortalecimiento y consolidación institucional, disponer algunas normas reglamentarias especiales, con la finalidad de viabilizar la puesta en práctica de los concursos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Oficina Nacional del Servicio Civil;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:

ART. 1º.-
La provisión de los cargos a que refiere el artículo 26 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007 se realizará, en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", mediante Concurso de Oposición, sin perjuicio de la ponderación de los Antecedentes, conforme a lo dispuesto por los artículos 6º al 10 del Reglamento de Concursos aprobado por Decreto Nº 516/007 de 26 de diciembre de 2007.(Prórroga)

ART. 2º.-
Prorrógase para el Ministerio de Desarrollo Social el plazo de realización de los concursos establecidos en el artículo 2° del Reglamento de Concursos aprobado por el Decreto Nº 516/007 de 26 de diciembre de 2007, hasta el 31 de diciembre de 2009, fecha a la cual deberá estar homologado el fallo del Tribunal.

ART. 3º.-
El Tribunal de Concurso interviniente en la presupuestación de los funcionarios del Inciso 15, estará integrado por tres miembros, dos de los cuales serán personas de reconocida solvencia técnica propuestas por la Universidad de la República, el Instituto de Formación Técnico Profesional, o la Escuela de Funcionarios de la Oficina Nacional del Servicio Civil, indistintamente, o funcionarios provenientes de otro Inciso, y el tercero será designado por el gremio de funcionarios.

ART. 4º.-
Comuniquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ - MARINA ARISMENDI.